¿Cuál es el carnet de conducir para motos eléctricas? Estamos seguros de que, si estás decidido a deshacerte de tu vieja moto para pasarte a un modelo de movilidad más sostenible y eficiente, esta pregunta se te ha pasado por la cabeza. No te preocupes. Aquí queremos explicarte todo lo que debes saber al respecto.
¿Qué dice la ley sobre el carnet de conducir motos eléctricas?
Evidentemente, cuando el Reglamento General de Conductores (Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo) fue publicado, en España no había motos eléctricas en circulación. Sin embargo, con el paso de los años, su número se ha incrementado de forma muy notable. Tanto es así que, a lo largo de los últimos años, este texto legal, el cual regula los tipos de carnets necesarios para conducir cualquier vehículo sobre las carreteras españolas, ha necesitado actualizarse repetidamente.
La última actualización tuvo lugar el 25 de febrero de 2021 e hizo especial hincapié en la movilidad eléctrica. Al fin y al cabo, los motores eléctricos no funcionan del mismo modo que los de gasolina y, además, no expresan su potencia de igual forma. Por ejemplo, su volumen no se mide en centímetros cúbicos, como tampoco su rendimiento se expresa en CV (se utilizan kW).
Tipos de carnet de conducir motos eléctricas
Evidentemente, no existe un solo tipo de carnet de conducir motos eléctricas, puesto que el mercado cuenta con una gran variedad de modelos de diferente tamaño y potencia. En total, la DGT indica que hay cuatro licencias diferentes según estos criterios: AM, A1, A2 y A.
Permiso AM
Es el carnet de conducir motos eléctricas básico. Lo puede obtener cualquier persona una vez que cumpla los 15 años de edad y brinda la posibilidad de circular por las carreteras españolas con ciclomotores eléctricos. Hacemos referencia, cómo no, a vehículos de este tipo que no superen los 45 km/h. Quienes apuesten por esta opción no podrán llevar consigo a pasajeros hasta cumplir los 18 años.
Permiso A1
Aquí ya hablamos de un carnet de conducir motos eléctricas que solo puede obtenerse una vez cumplidos los 16 años. En concreto, habilita para ponerse a los mandos de motocicletas con una capacidad máxima de carga de 150 kg y motores con una cilindrada de entre 45 cc y 125 cc.
Como dijimos antes, los motores eléctricos no utilizan esta unidad de medida, por lo que debemos fijarnos en la potencia. En este sentido, la DGT fija el tope en 14,75 CV, lo que equivale a 11 kW.
Permiso B
En este punto nos encontramos ante una excepción que queremos comentar. En concreto, el permiso de clase B hace referencia a coches cuya MMA (masa máxima autorizada) no supere los 3.500 kg y para el transporte de un máximo de 8 pasajeros más allá del propio conductor.
Sin embargo, la DGT indica que, una vez acumulados tres años de antigüedad en este permiso, el titular puede circular con motos de hasta 125 cc y 14,75 CV (11 kW) sin necesidad de obtener el carnet de conducir motos eléctricas A1. Eso sí, si te decantas por esta opción, tendrás que esperar, como mínimo, a cumplir los 21 años para conducirlas.
Permiso A2
Este carnet de conducir motos eléctricas te brindará la posibilidad de manejar vehículos cuya potencia máxima no supere los 47 CV, es decir, los 35 kW. Para poder obtenerlo, tendrás que haber cumplido los 18 años.
Permiso A
El permiso A te permitirá conducir sin restricciones todo tipo de motos eléctricas. Para poder obtenerlo, es necesario que hayas cumplido los 20 años de edad y que cuentes con, al menos, dos años de antigüedad en el permiso A2.
Sin duda, este es el carnet de conducir motos eléctricas más difícil de obtener, pero también el que te brindará más posibilidades a la hora de comprar un vehículo de este tipo. Para obtenerlo, es obligatorio que superes un curso teórico general y su pertinente examen. Además, tendrás que enfrentarte a una prueba en circuito cerrado y a otra en la calle sobre una moto de gran potencia (600 cc o más).
¿Es posible conducir una moto eléctrica sin carnet?
La respuesta es que no. Esta es una duda que poseen muchos conductores debido, fundamentalmente, a que hay otros vehículos eléctricos que sí pueden llevarse por la calle sin carnet. Es el caso, por ejemplo, de los patinetes o de las bicicletas eléctricas.
Sin embargo, ninguno de ellos tiene la consideración de vehículos para la DGT, mientras que las motos eléctricas sí. Esto hace que, por ejemplo, no puedan exceder los 25 km/h o que solo puedan circular por carretera en caso de no haber carriles bici o vías similares especialmente habilitadas para ellos.
¿Qué carnet de conducir motos eléctricas necesitas para llevar una Ovaobike?
Sin duda, se trata de una cuestión muy importante a la hora de elegir la moto eléctrica Ovaobike que mejor encaja con tus necesidades y gustos. Vamos a analizar nuestros tres modelos actuales y a explicarte qué carnet de conducir motos eléctricas necesitas en cada caso.
Ovaobike MCR-H
Se trata de nuestra moto eléctrica más pequeña y versátil. De hecho, está pensada para trayectos realizados principalmente en ciudad, lo que queda patente en sus más de 100 kilómetros de autonomía circulando a 50 km/h. Sin embargo, también ofrece un buen rendimiento en carretera.
En concreto, la Ovaobike MCR-H ofrece una potencia de 7 kW y alcanza una velocidad máxima de entre 99 y 105 km/h, en función de si activas el modo Turbo o no. En cualquier caso, estas características hacen que, para poder conducirla, necesites el carnet de clase A1 o, en su defecto, el permiso de clase B con más de 3 años de antigüedad.
Ovaobike MCR-M
La Ovaobike MCR-H es una moto eléctrica de tamaño medio capaz de satisfacer tus necesidades tanto a la hora de circular por ciudad como por carretera. Esto es posible, fundamentalmente, gracias a su motor de 11 kW, que permite alcanzar los 120-130 km/h (en función, como dijimos antes, de si activas el modo Turbo o no). Unas características que la asemejan mucho a una moto de 125 cc, si bien es cierto que provista de una estética y un rendimiento más deportivo.
Estas características, unidas a su batería de hasta 230 kilómetros de autonomía circulando a 50 km/h, hacen indispensable poseer el carnet de conducir motos eléctricos de tipo A1 o B con tres años o más de antigüedad. Es decir, los mismos que para el modelo anterior.
Ovaobike MCR-S
Nuestra moto eléctrica más potente. Esto queda patente en su motor, que alcanza los 22 kW de potencia y cuyo rendimiento está fuera de toda duda. Para que te hagas una idea, permite circular a 126 km/h activando el modo Sport y a 148 km/h si accionas el Turbo. Velocidades que están por encima de lo permitido, pero que son la mejor garantía de que podrás ir a 120 km/h sin la sensación de que el vehículo está realizando un sobreesfuerzo.
Pero ¿qué carnet de conducir motos eléctricas necesitas para ponerte a los mandos de la Ovaobike MCR-S? En concreto, deberás contar con el permiso de clase A2, que te faculta para llevar vehículos eléctricos de dos ruedas de hasta 35 kW. Como es obvio, también te servirá el carnet A.
Consigue el carnet de conducir motos eléctricas y siente el placer de pilotar una Ovaobike
En definitiva, hay hasta cinco carnet de conducir motos eléctricas que te permitirán ponerte a los mandos de cualquiera de los tres modelos de Ovaobike. Unos vehículos dotados de una estética deportiva y moderna, de una gran autonomía y de motores potentes que garantizan un rendimiento óptimo tanto en ciudad como en carretera. ¿A qué estás esperando exactamente para probarlas y elegir la que mejor se ajusta a tus necesidades de uso?